sábado, 27 de julio de 2013

EL APAGÓN DE LEDESMA

RECLAMOS DE CONDENA PARA EL EMPRESARIO PEDRO BLAQUIER

 

Marcha por la Noche del Apagón

 
 
La movilización unió Calilegua y Libertador General San Martín.
 
Con consignas de repudio a la impunidad, a 30 años de la primera marcha encabezada por Olga Arédez para reclamar justicia, se realizó ayer en Jujuy una multitudinaria movilización desde Calilegua a Libertador General San Martín. Más de 50 mil personas homenajearon a las víctimas de la Noche del Apagón y pidieron que se condene al dueño del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier y al ex administrador general, Alberto Lemos, que están procesados por estos hechos.
La marcha se realizó a 37 años de la Noche del Apagón, como se conoce al accionar de las fuerzas conjuntas de la policía provincial, la federal, efectivos de Gendarmería Nacional y del Ejército, que irrumpieron en las localidades de Calilegua, Libertador General San Martín y El Talar tras producir cortes en el suministro de energía eléctrica y en las que entre el 20 y el 27 de julio de 1977 secuestraron a unas 400 personas de las cuales 33 permanecen todavía desaparecidas.
Junto a los organismos de derechos humanos, organizaciones sociales, sindicales y los pueblos originarios participaron de la marcha Milagro Sala, de la Tupac Amaru; Hilda Figueroa ex detenida y Hugo “Coya” Condorí, de la Asociación de Ex Presos Políticos de Jujuy; Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo, la hija de Olga Arédez, los diputados Horacio Pietragalla y Gabriela Alegre, entre otros.
Según dieron cuenta distintas investigaciones y testimonios, los detenidos desaparecidos, entre los que se encontraba el intendente Luis Arédez, eran alojados en la Comisaría 41 de Calilegua, en la 21 ubicada en el interior del Ingenio Ledesma, y en la sede de Gendarmería Nacional, además de utilizarse galpones de la fábrica de azúcar.
 
Fuente: Pagina 12
 
 
 
 
 
 

MADRE DE ASTIS PROCESADA


Procesan a la madre de Alfredo Astiz por la apropiación de un menor durante la dictadura

Así lo dispuso Santiago Inchausti, titular del juzgado Federal N°3 de Mar del Plata, quien también procesó a otras dos personas; el hecho habría ocurrido en una clínica de maternidad clandestina, en 1977
  
 
Alfredo Astiz está condenado a cadena perpetua por crímenes de lesa humanidad. Foto: Archivo 
MAR DEL PLATA.- El titular del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata, Santiago Inchausti, procesó anoche a la madre del ex marino Alfredo Astiz y a otras dos personas por la apropiación de un menor de edad durante la última dictadura militar, según informaron fuentes judiciales.
"El juez federal de Mar del Plata Santiago Inchausti dispuso el procesamiento de tres imputados en una causa por la apropiación de un menor, entre ellos la madre de Alfredo Astiz, condenado por crímenes de lesa humanidad", señaló el Centro de Información Judicial (CIJ) en su página web.
Inchausti consideró a los procesados "prima facie coautores de los delitos de retener y ocultar a un menor", según el Centro, que depende de la Corte Suprema de Justicia.
"Los hechos se relacionan con la recepción el 9 de marzo de 1977 de una persona recién nacida que, para sí, llevó a cabo un matrimonio en una clínica de maternidad clandestina que por entonces funcionaba en Mar del Plata", agrega.
Según el CIJ, la entrega del recién nacido se logró por la intervención del matrimonio conformado por María Elena Vázquez de Astiz y su fallecido esposo Alfredo Bernardo Astiz, ambos progenitores del exmarino.
Una de las hipótesis que investiga el magistrado es que se trate de un niño nacido en una maternidad clandestina en alguno de los centros ilegales de detención de opositores que por entonces funcionaban en Mar del Plata.
Al tomar la decisión, el juez señala que lo hizo "sin perjuicio de cuál resulte la verdad histórica en cuanto al origen del menor apropiado, retenido y de identidad ocultada".
Por su parte, el ex capitán de la marina de guerra, Alfredo Astiz, fue condenado a prisión perpetua por violaciones a los derechos humanos en la Escuela de Mecánica de la Armada.
Actualmente, el llamado "ángel rubio de la muerte", es juzgado en la causa por "los vuelos de la muerte", en los que prisioneros políticos eran arrojados al mar desde aviones militares.
Entre otros hechos represivos, Astiz (59 años) intervino en el secuestro, tortura y desaparición de las monjas francesas Léonie Duquet y Alice Domon, y la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Azucena Villaflor, según las investigaciones.
Por el caso de las religiosas, Astiz fue condenado en ausencia en Francia a cadena perpetua.
 
 
 
 
 
 
 
 

GENOCIDAS BUSCADOS: Jorge Olivera y Gustavo De Marchi,


 ¡¡¡¡¡BUSCADOS!!!!!

 

 

Fuga de represores: $2.000.000 de recompensa y sospechan de la esposa de Olivera

El Ministerio de Justicia ofrece dinero para el que aporte información de los fugados. Por otro lado, la esposa de Jorge Olivera estaría siendo investigada por colaborar en la evasión.

 El Ministerio de Justicia anunció que habrá una recompensa de 2.000.000 pesos por cada uno para quienes aporten datos sobre el paradero de los represores que se dieron a la fuga, De Marchi y Olivera. Además, trascendió que la mujer de Olivera, quien trabajaría en el Hospital Militar, habría sido cómplice en la evasión de los represores.

Según informaron los medios nacionales, el Ministerio de Justicia ofrece una suma de dinero que se elevó de 100 mil a 2 millones de pesos para aquellas personas que aporten datos certeros sobre el paradero de los ex militares y represores, Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, que se fugaron cuando fueron trasladados al Hospital Militar, de Buenos Aires. 







EVITA: A 61 AÑOS DE SU MUERTE



SERIE HISTÓRICA DE IMÁGENES DE SU SEPELIO:  

hacé Clic en éste sitio: 
http://www.taringa.net/posts/imagenes/16986412/A-61-anos-de-la-muerte-de-Eva-Peron-imagenes-historicas.html#comment-1084689  


María Eva Duarte de Perón (Junín o Los Toldos, provincia de Buenos Aires1 , 7 de mayo de 1919Buenos Aires, 26 de julio de 1952), también conocida como Eva Perón o Evita, fue una actriz y política argentina. Se casó con Juan Domingo Perón en 1945 y tras la asunción de este como Presidente de la Nación Argentina el año siguiente, Duarte se convirtió en primera dama.
Eva Duarte migró a Buenos Aires a la edad de quince años y en 1935 debutó profesionalmente con una breve participación en la obra La señora de los Pérez. Ese mismo año fue contratada por la Compañía Argentina de Comedias Cómicas y salió en una gira de cuatro meses por Rosario, Mendoza y Córdoba. Lentamente fue logrando reconocimiento como actriz, en 1937 obtuvo su primer papel en radioteatro en la obra Oro blanco y debutó en el cine con la película ¡Segundos afuera!, con Pedro Quartucci, Luis Sandrini y Pepe Arias. Evita luego participaría en las películas La carga de los valientes (1940), El más infeliz del pueblo (1941), Una novia en apuros (1942) y finalmente La cabalgata del circo (1945), con Hugo del Carril y Libertad Lamarque. También participó en los radioteatros Los jazmines del ochenta, Los amores de Schubert y Grandes mujeres de todos los tiempos y en 1943 fue una de las fundadoras de la Asociación Radial Argentina (ARA), de la cuál fue electa presidenta en 1944.
En 1944 Duarte conoció a Perón, entonces secretario de Estado, en un acto de recaudación de fondos para las víctimas del terremoto de San Juan en el Luna Park. Evita, ya casada con Perón, participó activamente en la campaña electoral de su marido en 1946, siendo la primera mujer en hacerlo. El 24 de febrero de ese año, la fórmula Perón-Quijano fue electa con el 54% de los votos y el 1 de mayo de 1946 Perón asumió como presidente y Eva pasó a desempeñar el puesto de primera dama. Inmediatamente después de asumir se presentó el proyecto del Sufragio femenino, que finalmente fue sancionado en 1947. Tanto el presidente como su esposa apoyaron fuertemente al proyecto, y su trabajo para lograrlo es una de las obras más reconocidas de Duarte de Perón. Tras lograr la igualdad política entre los hombres y las mujeres, se buscó luego la igualdad jurídica de los cónyuges y la patria potestad compartida con el artículo 39 de la Constitución de 1949. En 1949 además fundó el Partido Peronista Femenino, el cuál presidió hasta su muerte.
El peronismo tuvo una relación estrecha y compleja con el movimiento obrero. Eva Duarte, ferviente y combativa defensora de los derechos sociales y laborales, ocupó un vinculo directo entre Perón y los sindicatos, que conformaban la «columna vertebral» del peronismo. Impulsó además la formación de milicias obreras y, poco antes de morir, compró armas que entregó a la CGT. Como primera dama, se comprometió con la ayuda social y con quien ella llamaba «sus descamisados». En 1948, Duarte fundó la Fundación Eva Perón, dedicada al desarrollo de una labor social que llegó prácticamente a todos los niños, ancianos, madres solteras y mujeres que eran único sustento de familia, pertenecientes a los estratos más carenciados de la población. La Fundación construyó hospitales, asilos, escuelas, colonias de vacaciones, otorgó becas para estudiantes, ayudas para la vivienda y promocionó a la mujer en diversas facetas.
El movimiento obrero propuso en 1951 a Evita como candidata a vicepresidenta, sin embargo ella renunció a la candidatura el 31 de agosto, conocido como el Día del Renunciamiento. Las luchas internas en el peronismo y la sociedad ante la eventualidad de que una mujer apoyada por el sindicalismo pudiera llegar a vicepresidenta y un ya avanzado cáncer de útero fueron algunos causantes de dicha acción. A pesar de su condición, Evita hizo varias apariciones públicas y el 5 de noviembre de ese mismo año, fue intervenida quirúrgicamente. El 18 de julio de 1952 entró en coma por primera vez y el 26 de julio murió, a la edad de 33 años. Tras su muerte la CGT declaró tres días de paro y el gobierno estableció un duelo nacional de 30 días. Su cuerpo fue velado en la Secretaría de Trabajo y Previsión hasta el 9 de agosto, cuando fue llevado al Congreso de la Nación para recibir honores oficiales, y luego a la CGT. Evita escribió dos libros en sus últimos años, La razón de mi vida en 1951 y Mi mensaje en 1952.
Eva Duarte de Perón recibió numerosos honores. Entre ellos el título de Jefa Espiritual de la Nación, la distinción de Mujer del Bicentenario, la Gran Cruz de Honor de la Cruz Roja Argentina, la Distinción del Reconocimiento de Primera Categoría de la CGT, la Gran Medalla a la Lealtad Peronista en Grado Extraordinario y el Collar de la Orden del Libertador General San Martín, la máxima distinción argentina. Se han producido además numerosas películas, musicales, obras teatrales, novelas y composiciones musicales sobre Eva Duarte de Perón.




jueves, 25 de julio de 2013

EVO MORALES





Exposición del Presidente de Bolivia Evo Morales ante la reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Europea (30/06/2013)


Con lenguaje simple, que era trasmitido en traducción simultánea a más de un centenar de Jefes de Estado y dignatarios de la Comunidad Europea, el Presidente Evo Morales logró inquietar a su audiencia cuando dijo:

"Aquí pues yo, Evo Morales, he venido a encontrar a los que celebran el encuentro".
"Aquí pues yo, descendiente de los que poblaron la América hace cuarenta mil años, he venido a encontrar a los que la encontraron hace solo quinientos años.
Aquí pues, nos encontramos todos. Sabemos lo que somos, y es bastante. Nunca tendremos otra cosa.
El hermano aduanero europeo me pide papel escrito con visa para poder descubrir a los que me descubrieron. El hermano usurero europeo me pide pago de una deuda contraída por Judas, a quien nunca autoricé a venderme.
El hermano leguleyo europeo me explica que toda deuda se paga con intereses aunque sea vendiendo seres humanos y países enteros sin pedirles consentimiento. Yo los voy descubriendo. También yo puedo reclamar pagos y también puedo reclamar intereses. Consta en el Archivo de Indias, papel sobre papel, recibo sobre recibo y firma sobre firma, que solamente entre el año 1503 y 1660 llegaron a San Lucas de Barrameda 185 mil kilos de oro y 16 millones de kilos de plata provenientes de América.

¿Saqueo? ¡No lo creyera yo! Porque sería pensar que los hermanos cristianos faltaron a su Séptimo Mandamiento.
¿Expoliación? ¡Guárdeme Tanatzin de figurarme que los europeos, como Caín, matan y niegan la sangre de su hermano!
¿Genocidio? Eso sería dar crédito a los calumniadores, como Bartolomé de las Casas, que califican al encuentro como de destrucción de las Indias, o a ultrosos como Arturo Uslar Pietri, que afirma que el arranque del capitalismo y la actual civilización europea se deben a la inundación de metales preciosos!

¡No! Esos 185 mil kilos de oro y 16 millones de kilos de plata deben ser considerados como el primero de muchos otros préstamos amigables de América, destinados al desarrollo de Europa. Lo contrario sería presumir la existencia de crímenes de guerra, lo que daría derecho no sólo a exigir la devolución inmediata, sino la indemnización por daños y perjuicios.

Yo, Evo Morales, prefiero pensar en la menos ofensiva de estas hipótesis.
Tan fabulosa exportación de capitales no fueron más que el inicio de un plan ‘MARSHALLTESUMA”, para garantizar la reconstrucción de la bárbara Europa, arruinada por sus deplorables guerras contra los cultos musulmanes, creadores del álgebra, la poligamia, el baño cotidiano y otros logros superiores de la civilización.
Por eso, al celebrar el Quinto Centenario del Empréstito, podremos preguntarnos: ¿Han hecho los hermanos europeos un uso racional, responsable o por lo menos productivo de los fondos tan generosamente adelantados por el Fondo Indoamericano Internacional?
Deploramos decir que no.
En lo estratégico, lo dilapidaron en las batallas de Lepanto, en armadas invencibles, en terceros reichs y otras formas de exterminio mutuo, sin otro destino que terminar ocupados por las tropas gringas de la OTAN, como en Panamá, pero sin canal.
En lo financiero, han sido incapaces, después de una moratoria de 500 años, tanto de cancelar el capital y sus intereses, cuanto de independizarse de las rentas líquidas, las materias primas y la energía barata que les exporta y provee todo el Tercer Mundo.
Este deplorable cuadro corrobora la afirmación de Milton Friedman según la cual una economía subsidiada jamás puede funcionar y nos obliga a reclamarles, para su propio bien, el pago del capital y los intereses que, tan generosamente hemos demorado todos estos siglos en cobrar.
Al decir esto, aclaramos que no nos rebajaremos a cobrarle a nuestro hermanos europeos las viles y sanguinarias tasas del 20 y hasta el 30 por ciento de interés, que los hermanos europeos le cobran a los pueblos del Tercer Mundo. Nos limitaremos a exigir la devolución de los metales preciosos adelantados, más el módico interés fijo del 10 por ciento, acumulado solo durante los últimos 300 años, con 200 años de gracia.
Sobre esta base, y aplicando la fórmula europea del interés compuesto, informamos a los descubridores que nos deben, como primer pago de su deuda, una masa de 185 mil kilos de oro y 16 millones de plata, ambas cifras elevadas a la potencia de 300. Es decir, un número para cuya expresión total, serían necesarias más de 300 cifras, y que supera ampliamente el peso total del planeta Tierra.
Muy pesadas son esas moles de oro y plata. ¿Cuánto pesarían, calculadas en sangre?
Aducir que Europa, en medio milenio, no ha podido generar riquezas suficientes para cancelar ese módico interés, sería tanto como admitir su absoluto fracaso financiero y/o la demencial irracionalidad de los supuestos del capitalismo.

Tales cuestiones metafísicas, desde luego, no nos inquietan a los indoamericanos.
Pero sí exigimos la firma de una Carta de Intención que discipline a los pueblos deudores del Viejo Continente, y que los obligue a cumplir su compromiso mediante una pronta privatización o reconversión de Europa, que les permita entregárnosla entera, como primer pago de la deuda histórica".

lunes, 22 de julio de 2013

MOVILIZACIÓN A LA COMUNA CINCO

EL GOBIERNO DE MACRI NO CUMPLE CON LAS DEMANDAS JUDICIALES, CONTINÚA CON LA DESTRUCCIÓN DE LA AV. NUEVE DE JULIO A PESAR DEL AMPARO JUDICIAL Y TAMPOCO CUMPLE CON LA DEMANDA EN SEGUNDA INSTANCIA SOBRE LA ADMINISTRACIÓN COMUNAL


EL 24 DE JULIO DEBE DÁRSELE UNA LECCIÓN DE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
EL LA PLAZA MARIANO BOEDO, ACOTADA POR LA CONSTRUCCIÓN DENTRO DE LA MISMA DE LA SEDE DE LA COMUNA CONTRA LA VOLUNTAD DE LOS VECINOS.





miércoles, 10 de julio de 2013

CESAC 38



CREACION DE UN CENTRO DE SALUD PSICO-COMUNITARIA EN EL EDIFICIO RECUPERADO DE MEDRANO 350 - CABA-
frente del futuro hospitalito del barrio de Almagro



 La Salud de Almagro sale de Terapia Intensiva


Todo el edificio de Medrano 350 vuelve para atender la salud de la Comuna 5

Agradecemos a nuestro Comunero Raúl Sánchez y a la Legisladora Porteña de la Ciudad de Buenos Aires Claudia Neira,  por su  presencia   en la audiencia del día 03 de julio de 2013, a las 10.30 horas, en Diagonal Roque Saenz Peña 636 6º piso, donde se logró la restitución de todo el edificio de Av. Medrano 350 para destinarlo a atender la salud de la comuna y en reclamo por el Centro de Salud y Acción Comunitaria Nº 38, que desde la comisión de vecinos por la salud de la Comuna 5, exigen la plena restitución de la farmacia y la prestación del servicio de Odontología, que ya cuenta desde hace más de un año con Sillón Odontológico (provisto por el Plan Nacer) y nombramiento del profesional. Exigimos la puesta en valor de los consultorios, para que se adecuen a las normas de la Organización Mundial de la Salud, y el total uso de la partida presupuestaria asignada al Centro que a él debe ser destinada  y no a la propaganda política del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La comisión de Vecinos por la Salud Gratuita elaboró y entregó una propuesta para los 3 pisos superiores, que consta en Actas.

                                                          LONARDO CHAZANOWSKI 


ANTECEDENTES

La Comisión de Vecinos en apoyo del CESAC 38 es un colectivo integrado en el año 2002 y que, de modo sostenido, viene ejerciendo acciones, comunitarias y legales, para propiciar el buen funcionamiento de este espacio de salud, en pos de las necesidades de la población circundante. En este sentido, logros como la Ley 1220 o el amparo presentado en el año 2012 ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, caratulado “CHAZANOWSKI LEONARDO CONTRA GCBA SOBRE AMPARO (ART. 14 CABA)”, EXPTE. N° 37720/0, son manifestaciones de su iniciativa y capacidad de acción.

Actualmente, por la Ley N° 1220 de expropiación, que le otorgó al Ministerio de Salud  la absoluta potestad sobre todo el edificio de Medrano 350, CABA, y como se encuentran sin uso y en condiciones de ser refaccionados los tres pisos superiores, la Comisión de Vecinos presenta la propuesta de creación de un Centro de Salud Psico-comunitaria.


FUNDAMENTACION

La salud de la población es  un derecho inalienable,  por  tanto son los Estados los responsables de que este derecho se cumpla.

La Ley Nacional N° 26.657 de Salud Mental reconoce a “la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona. Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas”.

“Tampoco  podrá hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva del:

·         Status político, socio-económico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso

·         Demandas familiares, laborales, falta de conformidad o adecuación con valores morales, sociales, culturales, políticos o creencias religiosas prevalecientes en la comunidad donde vive la persona

·         Elección o identidad sexual

·         La mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.”

La ley de Salud Mental de la Ciudad de Buenos Aires, Ley N° 448, destinada a garantizar los derechos de todos sus habitantes, define a la salud mental como “un proceso determinado histórica y culturalmente en la sociedad, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social, y está vinculada a la concreción de los derechos al trabajo, al bienestar, a la vivienda, a la seguridad social, a la educación, a la cultura, a la capacitación y a un medio ambiente saludable.

La salud mental es inescindible de la salud integral, y parte del reconocimiento de

la persona en su integridad bio-psico-socio-cultural y de la necesidad del logro de las mejores condiciones posibles para su desarrollo físico, intelectual y afectivo;

El desarrollo con enfoque de redes de la promoción, prevención, asistencia, rehabilitación, reinserción social y comunitaria, y la articulación efectiva de los recursos de los tres subsectores;

La intersectorialidad y el abordaje interdisciplinario en el desarrollo del Sistema de Salud Mental;

La articulación operativa con las instituciones, las organizaciones no gubernamentales, la familia y otros recursos existentes en la comunidad, a fin de multiplicar las acciones de salud y facilitar la resolución de los problemas en el ámbito comunitario;

La internación como una modalidad de atención, aplicable cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios; El respeto a la pluralidad de concepciones teóricas en salud mental;

La función del Estado como garante y responsable del derecho a la salud mental

individual, familiar, grupal y comunitaria. Evitando políticas, técnicas yprácticas que tengan como fin el control social.”

Esta Ley ratifica derechos.

“A la identidad, a la pertenencia, a su genealogía y a su historia;

El respeto a la dignidad, singularidad, autonomía y consideración de los vínculos familiares y sociales de las personas en proceso de atención; A no ser identificado ni discriminado por padecer o haber padecido un malestar psíquico; A la información adecuada y comprensible, inherente a su salud y al tratamiento, incluyendo las alternativas para su atención; A la toma de decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento;

La atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos y sociales;

El tratamiento personalizado y la atención integral en ambiente apto con resguardo de su intimidad;

La aplicación de la alternativa terapéutica más conveniente y que menos limite su libertad;

La rehabilitación y la reinserción familiar, laboral y comunitaria;

A la accesibilidad de familiares u otros, en el acompañamiento de los niños, niñas y adolescentes internados, salvo que mediare contraindicación profesional.”

Igualmente, agrega: “La promoción de la salud mental de la población a través de la ejecución de políticas orientadas al reforzamiento y restitución de lazos sociales solidarios;

La prevención tendrá como objetivo accionar sobre problemas específicos de salud mental y los síntomas sociales que emergen de la comunidad;

La asistencia debe garantizar la mejor calidad y efectividad a través de un sistema de redes;

La potenciación de los recursos orientados a la asistencia ambulatoria, sistemas de internación parcial y atención domiciliaria, procurando la conservación de los vínculos sociales, familiares y la reinserción social y laboral;

La asistencia en todos los casos será realizada por profesionales de la salud mental certificados por autoridad competente; La recuperación del bienestar psíquico y la rehabilitación de las personas asistidas en casos de patologías graves, debiendo tender a recuperar su autonomía, calidad de vida y la plena vigencia de sus derechos;

La reinserción social mediante acciones desarrolladas en conjunto con las áreas de Trabajo, Educación, Promoción Social y aquellas que fuesen necesarias para efectivizar la recuperación y rehabilitación del asistido;

La conformación de equipos interdisciplinarios de acuerdo a las incumbencias específicas;”

Y disponer de “los recursos necesarios para adecuar la formación profesional a las necesidades de los asistidos.”

Igualmente: “La implementación de un modelo de atención que, en consonancia con lo

dispuesto por la Ley Básica de Salud, garantice la participación a través de prácticas comunitarias”; y añade: “a los efectos de transformar el modelo hospitalocéntrico, para el desarrollo de un nuevo modelo de salud mental”

El artículo 48, inciso c) de la Ley Nº 153 establece: La desinstitucionalización progresiva se desarrolla en el marco de la ley, a partir de los recursos humanos y de la infraestructura existentes. A tal fin se implementarán modalidades alternativas de atención y reinserción social, tales como casas de medio camino, talleres protegidos, comunidades terapéuticas y hospitales de día”.

La ley N°448 también se refiere a “La implementación de la historia clínica única, entendida como herramienta del trabajo terapéutico, no pudiendo constituirse en fuente de discriminación;

Los integrantes de los equipos interdisciplinarios delimitan sus intervenciones a sus respectivas incumbencias, asumiendo las responsabilidades que derivan de las mismas;

Las intervenciones de las disciplinas no específicas del campo de la Salud Mental, serán refrendadas por los profesionales cuya función les asigna la responsabilidad de conducir las estrategias terapéuticas, efectuar las derivaciones necesarias e indicar la oportunidad y el modo de llevar a cabo acciones complementarias que no son de orden clínico;

La actualización y perfeccionamiento del personal existente, mediante programas de formación permanente y acordes a las necesidades del Sistema;

La implementación de acciones para apoyo del entorno familiar y comunitario;

La coordinación intersectorial e interinstitucional con las áreas y sectores de promoción social, trabajo, educación, Poder Judicial, religiosas, policía, voluntariados, ONGs, organizaciones barriales y otras;

La centralización de la información registrada en los establecimientos de salud mental;”

Asimismo remarca: “Prioridad en las acciones y servicios de carácter ambulatorio destinados a la promoción, prevención, asistencia, rehabilitación y reinserción social en Salud Mental, garantizando la proximidad geográfica de los efectores a la población; Coordinación interdisciplinaria, interinstitucional e intersectorial de las acciones

y servicios; Participación de la comunidad en la promoción, prevención y rehabilitación de la Salud Mental; Proyección del equipo interdisciplinario de salud mental hacia la comunidad…”

El Artículo 14º [Efectores] indica: “A los efectos de la conformación de la Red, se deben respetar las acciones y servicios, establecidos en los artículos precedentes, determinándose una reforma de los efectores actuales, e incorporando los recursos necesarios para la implementación de las nuevas modalidades.”

Entre otros, la misma Ley menciona:

“Prestaciones en Hospital de Día y Hospital de Noche;

Un sistema de intervención en crisis y de urgencias con equipos móviles debidamente equipados para sus fines específicos;

Un sistema de atención de emergencias domiciliarias en salud mental infantojuvenil, el cual atenderá en la modalidad de guardia pasiva; Residencias Protegidas de hasta veinte (20) camas; Casas de Medio Camino; Centros de capacitación sociolaboral promocionales; Talleres protegidos; Emprendimientos sociales; Atención especializada en salud mental infanto-juvenil; Hogares y familias sustitutas; Granjas terapéuticas.”

El Artículo 15º, referido a Rehabilitación y reinserción, manifiesta que “La personas que en el momento de la externación no cuenten con un grupo familiar continente, serán albergadas en establecimientos que al efecto dispondrá el área de Promoción Social. Y en el Artículo 16º, “Las personas externadas deben contar con una supervisión y seguimiento por parte del equipo de salud mental que garantice la continuidad de la atención. Todos los recursos terapéuticos que la persona requiera deben ser provistos por el dispositivo de salud mental correspondiente al área sanitaria de referencia.”

En el Artículo 19º, del Régimen de internaciones  dice: “La internación es una instancia del tratamiento que evalúa y decide el equipo interdisciplinario cuando no sean posibles los abordajes ambulatorios. Cuando esta deba llevarse a cabo es prioritaria la pronta recuperación y resocialización de la persona.

Se procura la creación y funcionamiento de dispositivos para el tratamiento anterior y posterior a la internación que favorezcan el mantenimiento de los vínculos, contactos y comunicación de la persona internada, con sus familiares y allegados, con el entorno laboral y social, garantizando su atención integral.”

“Procurar para los lugares de internación la dotación de personal, recursos y sitios adecuados para sus fines y funcionamiento.”

Estas  Leyes producen una ruptura epistemológica con el discurso médico de raíz positivista y con la psiquiatría en su versión más ortodoxa, que han hegemonizado el diseño de las prácticas y las políticas de salud y de salud mental. Tanto la Ley N° 448 de la CABA como la Ley Nacional N° 26.657 tienden a regular a la salud mental desde una perspectiva integral, apuntando a  desmontar las prácticas y políticas de índole manicomial contrarias al pleno goce de los derechos humanos de las personas con padecimiento subjetivo.

Para el cumplimiento estricto de estas dos leyes, proponemos realizar un estudio de factibilidad que contemple lo siguiente:

 CREACION DE UN  CENTRO DE SALUD PSICO-COMUNITARIO

Proponemos tres ejes para el Centro: prevención, asistencia y docencia, para  responder a las exigencias que las mismas leyes plantean.

El amplio espacio que proveen los tres pisos superiores del Edificio de Medrano 350, con condiciones edilicias apropiadas y en cuya Planta Baja funciona el Cesac 38, con espacio para sumar servicios (odontología y otros),  nos alientan a pensar esta propuesta.

PREVENCION

El trabajo en Red con los establecimientos educativos, recreativos y sociales de la Comuna 5, así como la inserción en el propio barrio, posibilitará  el desarrollo de variadas acciones que incluyan ofertas específicas dentro del ámbito del Centro de Salud Psico-comunitaria.

·         Entre éstas se considera la posibilidad de asignarle un espacio físico importante a una Juegoteca, con proyector de películas, wi-fi, mesas de ping-pong, mesa de pool, mesa de ajedrez, etc.; lugar pensado para estimular y atender a las necesidades recreativas del grupo familiar y de la comunidad; un espacio de encuentro e intercambio entre  vecinos de cualquier edad; espacio donde se promuevan estrategias vinculares alternativas a la agresión y la violencia.

·         Grupos de reflexión con variadas temáticas: Discriminación y violencia. Sexualidad y Género. Prevención de embarazos no deseados. Violencia escolar. Sensibilización respecto a riesgos y daños en el consumo problemático de sustancias. Noviazgos violentos. Derechos sexuales y reproductivos.

·         Talleres: de expresión corporal, Tai Chi, yoga, bioenergética. Estimulación de memoria. Manualidades. Grupos de crianza. Abuelos cuenta-cuentos. Talleres para padres. Talleres para adolescentes "Intereses y habilidades". Artes. Oficios.

·         Propuestas deportivas guiadas, orientadas hacia la inclusión social y educativa de adolescentes y jóvenes en situación de vulnerabilidad. Deporte para adultos mayores.

·         Sensibilización sobre diversos temas dirigido a  usuarios y profesionales del CESAC.

·         Sensibilización  a personal docente, judicial, policial, médico, etc. que estén en contacto con las posibles víctimas de violencia o abusos, para evitar la doble victimización.

·         Violencia escolar, en la sede y en las escuelas.


ASISTENCIA

La creación de este espacio de atención psico-comunitaria agilizaría y mejoraría la atención al vecino y descomprimiría la demanda tanto en el Hospital Durand como en el Centro Ameghino.

Su proponen  Equipos Interdisciplinarios (PROFESIONES) para:

·         Admisión General  para: niños/as y adolescentes; adultos; pareja y familia; adultos mayores.

·         Urgencias.

·         Psicodiagnóstico.

·         Orientación Vocacional.

·         Gabinete psicopedagógico.

·         Terapias grupales, reflexivas o psico-corporales.

·          Grupos de autoayuda.

·         Creación de una defensoría zonal de derechos legales y un equipo especializado en atención de niños/as y adolescentes víctimas de violencia, maltrato y abuso (1)

·         Asistencia  psicológica especializada  individual y grupal para mujeres, niños/as y adolescentes víctimas de violencia y maltrato.

·         Grupo de ayuda mutua para mujeres.

·         Grupos de varones golpeadores.

·         Asesoría sobre discriminación, con abordajes específicos para la integración de inmigrantes.

·         Psicogeriatría.

·         Adopción. Familias Sustitutas.

·         Capacidades diferentes,  mentales o físicas

·         Psicología del deporte (2)

·         Hospedajes de medio camino (3)

·         Centro de Atención Telefónica para demandas específicas (suicidio, adicciones, embarazos no deseados, violencia,  capacidades diferentes, etc.)

DOCENCIA

·         Formación en Psicología Comunitaria de pasantes psicólogos/as, y de otras especialidades afines en la temática, con docentes de la Facultad de Psicología de la UBA, Equipos Docentes de Hospitales y Direcciones de Salud Mental.

·         Enseñanza especializada para la detección y el diagnóstico del maltrato y el abuso sexual a mujeres, niñas/os, adultos mayores y discapacitados.

·         Capacitación de los integrantes de familias sustitutas.

·         Formación de Agentes Comunitarios.

·         Formación de enfermeros/as especializados/as en atención psiquiátrica, consejeros/as de salud, acompañantes terapéuticos, auxiliares gerontológicos y para personas con diferentes capacidades.

·         Formación de  operadores telefónicos especializados/as.

·         Supervisión


(1) DEFENSORÍA ZONAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES


Según  la Ley N° 114 de Defensorías Zonales de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en su Artículo 60 deben crearse en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires las Defensorías Zonales como organismos descentralizados del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Si bien en el texto de dicha ley se establece que cada una de las Comunas cuenta, por lo menos, con una Defensoría, esto no se cumple en el caso de la Comuna 5.

Por ende, en esta  comuna no podemos cumplir con  el  Artículo 61 de dicha que ley que habla sobre la efectiva defensa y resguardo de los derechos de este grupo social y carecemos por tanto de las políticas públicas específicas, con participación de distintos actores sociales tales como:

·         miembros de organismos e instituciones oficiales con sede en la comuna, pertenecientes, entre otras, a las áreas de salud, educación, recreación y promoción social;

·         representantes de organizaciones barriales intermedias con actuación en la zona

·         trabajadoras/es sociales

·         psicólogas/os;

·         abogados/as;

·         promotoras/es de derechos de niños, niñas y adolescentes propuestos/as por las organizaciones barriales que acrediten experiencia y especialización en la temática de infancia y adolescencia.

Por tanto, para cumplir con el Artículo 70 de la ley N° 448 de la CABA y poder cumplir con la Convención Internacional de los Derechos del Niño y brindar asesoramiento, orientación y atención ante situaciones de amenaza o violación de sus derechos, la Defensoría que proponemos podría articularse con este Centro de Salud Psico-comunitaria, a fin de garantizar que niñas, niños y adolescentes mantengan o recuperen el disfrute y goce de sus derechos; o bien interponer acción judicial contra todo acto que los vulnere o restrinja , así como para proponer reformas legales atinentes.

En este mismo sentido, se cumpliría con la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los  Derechos de Niños/as y Adolescentes; ley de la CABA que garantiza todas las oportunidades para su pleno desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social, en condiciones de libertad, igualdad y dignidad.

Hoy por hoy, los niños/as y adolescentes de nuestra comuna que son víctimas de situaciones de violencia, maltrato y abuso carecen de una Defensoría accesible y sólo pueden realizar denuncias en el número 102 y en Defensorías de otras Comunas. Están expuestos a padecer violencia física, psicológica, ser testigos de violencia, explotación  laboral,  trata  de personas, ser captado por redes virtuales de pedófilos, sufrir abuso sexual, etc., ya que se carece de ayuda legal apropiada.

La articulación con el Centro de Salud Psico-comunitara, centro modelo  de capacitación para pediatras, psicólogos/as, trabajadores/as sociales  y operadores/as barriales, permitirá un mejor abordaje y la formación de los equipos especializados que deben componer la Defensoría en temas de violencia, maltrato y abuso sexual infantil;

     

 (2) DEPARTAMENTO DE PSICOLOGIA DEL DEPORTE Y ALTO RENDIMIENTO


·         La propuesta de crear este Departamento, tiene como objetivo principal la integración de disciplinas que motiven  el desarrollo y la inclusión social de sectores más vulnerables de la población, tanto por su condición social como por su edad.

·         El deporte está orientado a promover salud, tanto por su práctica como por los lazos que genera entre los pares y seguidores, así como brinda oportunidades de desarrollo personal y grupal y un uso del tiempo libre generador de inclusión y pertenencia. Consideramos que un servicio de psicología clínica y deportiva se orienta  a mantener el compromiso con el entrenamiento, la disciplina y a tratar problemas del día a día del deporte elegido.

·         El deporte desarrolla y aumenta capacidades cognitivas que favorecen  el rendimiento deportivo así como también las actividades escolares e institucionales.

·         Al trabajar sobre las potencialidades, se realizan propuestas que integran trabajo tanto físico como mental, orientado a lograr la estabilidad emocional que posibilita un mejor rendimiento en todos los ámbitos.

·         Se afianzan aspectos de la personalidad, como concentración y motivación, manejo de la ansiedad, control de los impulsos, manejo de las presiones internas y externas, desarrollo de vínculos interpersonales con el entorno, la capacidad de comunicarse de manera directa y fluida, el desarrollo de la auto-confianza y el planteamiento de metas a corto, mediano y largo plazo.

·         A nivel social, se proponen charlas de orientación, charlas con los padres y acciones deportivas conjuntas.


·         Trabajos grupales y de desarrollo emocional con planteamiento de metas, favorables para definir objetivos y determinar las herramientas con que se cuenta para alcanzarlos, e identificar las necesidades individuales y familiares en juego en cada situación.

·         Las funciones del Psicólogo del Deporte en general incluyen la observación, la evaluación, el entrenamiento, el desarrollo del deportista y de su equipo de trabajo a nivel comunicacional, relacional y por sobre todo emocional. Se trabaja de modo informativo y operativo con todos los integrantes de la institución involucrada en cada caso.

·         Deporte para adultos mayores


·         A las instituciones deportivas o escolares se les ofrece:


1.      Evaluación Psicodeportológica.


2.      Entrenamiento de las habilidades psicológicas.


3.      Seguimiento del rendimiento.


4.      Preparación para la competencia.


5.      Acompañamiento en la rehabilitación de lesiones.


6.      Orientación acerca de distintas modalidades de liderazgo.


7.      Asesoramiento sobre estrategias de motivación.


8.      Mejora de los procesos comunicacionales.


9.      Aporte de información relevante sobre el deportista.


(3) HOGARES DE MEDIO CAMINO


Consideramos esta alternativa para el alojamiento temporario de víctimas de violencia doméstica, drogodependientes  y/o pacientes psiquiátricos en recuperación y en tratamiento psicológico y personas que viven en la calle.

Las especificaciones y modalidades deben cumplir con las leyes y requerimientos específicos así como posibilitar la integración con todos los concurrentes de este Centro.



Se adjuntan:

·         Ley de expropiación del inmueble

·         Ley Nacional  de Salud Mental  N° 26.657

·         Ley de la CABA de Salud Mental N° 448

·         Antecedentes históricos