lunes, 2 de julio de 2018

MEDIOS BARRIALES


¡¡¡NOS QUIEREN QUITAR LAS VOCES!!!

La Justicia revocó la sentencia en Primera Instancia contra los medios barriales


Falló la Sala 1 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo a favor de los medios barriales

GRAN PROEZA DEL DR. JONATAN BALDIVIEZO - ABOGADO DE LOS MEDIOS

Los Jueces de la Sala 1 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad resolvieron:

“REVOCAR el 12 de junio de 2018 el fallo de 1ª Instancia que había rechazado la acción de amparo presentada por medios vecinales por caracterizar sus peticiones manifiestamente inadmisibles.
Para ello, los jueces sostuvieron que el amparo está orientado a:
a) el respeto de la legalidad y del principio de jerarquía normativa (invalidando el exceso reglamentario en que, a criterio de la accionante, habría incurrido el demandado al dictar la resolución n°813/2018);
b) la transparencia de los actos de gobierno (mediante la aplicación de los criterios objetivos, claros y precisos previstos en la ley para la asignación de la pauta institucional);
c) el ejercicio de su actividad cultural y su derecho a la libertad de expresión sin restricciones ilegítimas (establecidas en una norma de rango inferior que desatiende los términos de la ley que pretende reglamentar).”

Y que el planteo realizado por los medios vecinales debe ser tramitado por medio de una acción de amparo y que su discusión no amerita amplitud de debate y prueba. Y ordenaron que un nuevo juzgado lleve adelante el trámite del amparo y decida el otorgamiento de la medida cautelar peticionada.
En síntesis, en la demanda los medios vecinales estimaron conculcados sus derechos por una norma de rango inferior (resolución nº 813/2018) a la que califican de inconstitucional ya que habría modificado el sistema de cálculo de la pauta institucional de los medios vecinales de comunicación social fijada en la ley nº 2587 y su decreto reglamentario nº 933/2009, en perjuicio de la actividad cultural que aquellos desarrollan.
Ahora se debe designar un nuevo juez que revea la denegatoria en primera instancia, un trámite más en una justicia lenta y burocrática (claro que solo para determinados casos), sin embargo nos encaminamos en una buena senda.
"La única batalla que se pierde es la que se abandona".







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