miércoles, 30 de octubre de 2024

PROYECTO DE PLAZA EN PALESTINA Y ROCAMORA

 


POR UNA NUEVA PLACITA EN PALESTINAY ROCAMORA

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de septiembre de 2024

 

Sra. presidenta de la Legislatura de

la Ciudad de Buenos Aires

Dra. Clara Muzzio

S/D

En nuestro carácter de integrantes del Consejo Consultivo de la Comuna 5 y en cumplimiento del mandato de la Asamblea ordinaria del 31/08/2024, nos dirigimos a Ud. en su carácter de presidenta de la Legislatura con el objeto de presentar un Proyecto de Ley de nuestra autoría en el que solicitamos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destine el predio sito en la intersección de las calles Rocamora y Palestina (barrio de Almagro) a la realización de obras imprescindibles para mejorar nuestras condiciones de vida.

Con el fin de resolver parte de las graves carencias existentes en la Comuna 5 en particular, de Almagro, nuestro proyecto propone la creación de un espacio verde que funcione como plaza pública para niñas, niños, adolescentes, personas ancianas y de todas las edades puedan disponer de un nuevo espacio de esparcimiento y contacto con la naturaleza.

En la confianza de que la voz de los vecinos será escuchada, le pedimos gire el proyecto a las Comisiones de la Legislatura que corresponda.

 Sin otro particular, la saluda

Consejo Consultivo de la Comuna 5

 

PROYECTO DE LEY

 Artículo 1.- Adquiérase el terreno ubicado en el Identificador catastral N° 017-062-011A, Puertas en Estado de Palestina 947,951 y 977 y Rocamora 4288, ubicado en la intersección de las calles Palestina y Rocamora de la Comuna 5.

Artículo 2.- El bien se encuentra a la venta y hace meses que tiene un cartel que dice: ARANALFE, Venta en Block, Superficie del Lote: 2600 m2, teléfono: 4815-8828. Una vez comprado, el terreno será afectado a Distrito de Zonificación UP - Urbanización Parque, teniendo como fin la construcción de una plaza pública de uso común, "preservando el arbolado existente si lo hubiera y destinando la mayor parte a suelo absorbente, verde vivo y flora nativa, de acuerdo a lo solicitado por el CCC5 que se detalla en fundamentos.

Artículo 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de los Recursos del ejercicio 2025.

Artículos 4 y 5 de forma.




 

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