POR LA PLAZA DE CORRIENTES Y GALLO
CARTA A LA LEGISLATURA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de
septiembre de 2024
Sra. Presidenta de la Legislatura de
la Ciudad de Buenos Aires
Dra.
Clara Muzzio
S/D
En nuestro carácter de integrantes del Consejo Consultivo de la Comuna
5 y en cumplimiento del mandato de la Asamblea ordinaria del 31/08/2024, nos
dirigimos a Ud. en su carácter de presidenta de
la Legislatura con el objeto de presentar un Proyecto de Ley de nuestra autoría
en el que solicitamos al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destine
el predio sito en la intersección de las calles Avenida Corrientes y Gallo (barrio de Almagro) a la realización de
obras imprescindibles para mejorar nuestras condiciones de vida.
Con el fin de resolver parte de las graves carencias existentes en la
Comuna 5 –en particular, de
Almagro–, nuestro proyecto
propone la creación de un espacio verde que funcione como plaza pública para
que niñas, niños, adolescentes, personas ancianas y de todas las edades puedan
disponer de un nuevo espacio de esparcimiento y contacto con la naturaleza.
En la confianza de que la voz de los vecinos será escuchada, le
pedimos gire el proyecto a las Comisiones de la Legislatura que corresponda.
Sin otro particular, la saluda
Consejo Consultivo de la Comuna 5
PROYECTO DE LEY
Artículo 1.- Decláranse de utilidad
pública y sujetos a expropiación en los términos de la Ley Nº 238, los
siguientes terrenos:
1. Av. Corrientes
3402/3410/3414, C9 S13 M39 P 001:
Circunscripción 9, Parcela 001, Manzana 39,
Sección 13,
Identificador catastral: 013-039-001, Partida Matriz
196081,
Puertas en Av. Corrientes 3402/3410/3414 y Gallo 382.
2. Av. Corrientes 3416/3418, C 9 S13 M39, P
002:
Circunscripción 9, Parcela 002, Manzana 39, Sección 13,
Identificador
catastral: 013-039-002, Partida Matriz
196080,
Puertas en Av. Corrientes
3416/3418.
3. Av. Corrientes 3424, C9 S13 M39 P003:
Circunscripción
9, Parcela 003, Manzana 39, Sección 13, Identificador
catastral: 013-039-003, Partida Matriz 196079, Puerta en
Av. Corrientes 3424.
4. Av. Corrientes 3428/3434, C9 S13 M39 P004:
Circunscripción 9, Parcela 004, Manzana 39, Sección 13,
Identificador
catastral: 013-039-004, Partida Matriz
196078,
Puertas en Av. Corrientes
3428/3434.
5. Gallo 366/370, C9 S13 M39 P034,
Circunscripción 9,
Parcela 034, Manzana 39, Sección 13, Identificador
catastral: 013-039-034, Partida Matriz 191690, Puertas en
Gallo 366/370.
6. Gallo 360, C9 S13 M39 P033, Circunscripción
9, Parcela
033, Manzana 39, Sección 13, Identificador catastral: 013-
039-033,
Partida Matriz 191691, Puerta en Gallo 360.
Terrenos ubicados en la intersección de la
Avenida Corrientes y la calle Gallo de la Comuna 5. De 1.212 m2
Artículo 2.- El bien declarado de utilidad
pública y sujeto a expropiación en el artículo 1º de la presente Ley será
afectado a Distrito de Zonificación UP - Urbanización Parque, teniendo como fin
la construcción de una plaza pública de uso común, "preservando el
arbolado existente si lo hubiera y destinando la mayor parte a suelo
absorbente, verde vivo y flora nativa, de acuerdo a lo solicitado por el CCC5
que se detalla en fundamentos.
Artículo 3.- La determinación del precio
del bien sujeto a expropiación se hará de acuerdo con la tasación del Banco de
la Ciudad de Buenos Aires, según lo establecido por el artículo 10º de la Ley N°
238.
Artículo 4.- Los gastos que demande el cumplimento de la presente ley
serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto
General de Gastos y Cálculos de los Recursos del ejercicio 2025.
Artículo 5.- Una vez sancionada la
presente ley y cumplidos los pasos previstos en la Ley N° 238, para la
expropiación del predio, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tendrá un
máximo de ciento veinte (120) días para reglamentarla.
Artículo 6.- Cúmplase con lo establecido
en los artículos N° 80 y N° 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Artículo 7.- Comuníquese, etc.