lunes, 12 de septiembre de 2022

SEMANA DE LAS COMUNAS PORTEÑAS

 

Semana de las Comunas Porteñas   

A 17 años de la creación de la Ley de Comunas la Democracia Participativa es una deuda pendiente. Las tretas y las trabas a la participación ciudadana en la Ciudad de Buenos Aires. Una lucha que aun continúa.

Sede Comunal 13.

(*) Por Leonardo Farias y María Suarez

 Del 1 al 7 de septiembre de cada año  se celebra la Semana de las Comunas y se declaró en 2016 el 1 de septiembre como el Día de las Comunas. Sin embargo no hay mucho que celebrar. El proceso de Descentralización y participación social aun deja mucho que desear.

Desde que en el año 1994 la Constituyente de la CABA inicio un proceso de debate estableciendo una Constitución para nuestra Ciudad, la que sancionaría la Ley 1777 en 1996, la Democracia Participativa sigue siendo una tarea pendiente. Este gran paso tenía como objetivo generar la voluntad política y las condiciones administrativas que pusieran en marcha las comunas.  Es decir, comenzar con la práctica de la Democracia Participativa con las consecuentes herramientas políticas establecidas en la ley, que refieren al presupuesto participativo, y los consejos consultivos conformados en cada una de las quince comunas, como las herramientas de democracia directa.

Recién el 10 de julio de 2005 se sancionó la Ley Orgánica de Comunas, luego de la intervención de la Justicia, hecho que obligó al gobierno de Mauricio Macri a implementar dicha Ley.  Finalmente en el año 2011, se conforman las 15 unidades de gestión político administrativas con un cuerpo colegiado de 7 comuneros y comuneras, votados por primera vez en las elecciones del año 2010, cada uno de ellos en representación de diferentes espacios políticos. 

Mapa de la Ciudad de Buenos Aires dividido en Comunas

Hasta la fecha, luego de 17 años, la realidad dista de ser lo que se puede interpretar en la ley referida.   La intencionalidad política del GCBA de socavar con una gran capacidad estratégica la posibilidad de poner en práctica la autonomía y jurisdicción de las comunas se traduce en su definición política de desactivarlas.

Las UAC´s

Con este objetivo claro, como primera medida, generaron una instancia administrativa paralela a las 15 juntas comunales, las llamadas UAC´s, (Unidad de atención comunal), cuyos directores serian los presidentes de las juntas comunales, todos pertenecientes a Juntos x el Cambio JxC, hasta que en las últimas elecciones de comuneros, el Frente de Todos FDT gana las presidencias de las comunas 4 y 8.

Las UAC tuvieron la finalidad de manejar las políticas públicas a discreción e impedir a los comuneros y comuneras de la oposición tener injerencia político administrativa que les compete.

De los Consejos Consultivos al BA elije

Otro impedimento para desactivar la participación social, fue devaluar paulatinamente a los consejos consultivos comunales, las verdaderas instancias deliberativas y evaluadoras del desempeño de las juntas comunales, así como lo que concierne al diseño la finalidad y el destino del presupuesto de cada comuna, que año tras año se aprueba en la Legislatura de la CABA. 

Reunión del Consejo Consultivo de la Comuna 15.

A raíz de esta ausencia de ámbitos representativos del colectivo ciudadano y de la imposibilidad de los comuneros y comuneras de ejercer las funciones que les competen, observamos con preocupación la sustitución del Presupuesto Participativo, por la implementación de  “BAElige”. 

 Este programa, lanzado desde la jefatura de gabinete del GCBA a partir del año 2017, ha tenido como objetivo invitar a los vecinos y vecinas de las 15 comunas a participar de la votación de “propuestas para sus barrios” vía internet, poniendo a disposición un pequeño monto de dinero destinado a obras, proyectos o programas de diversa índole.

 En este marco se han propuesto acciones y obras de poca envergadura que no han tenido razón alguna de ser ejecutadas por dicha partida ya que se podrían resolver vía ministerios o por las mismas comunas. 

Cabe destacar, si se logra acceder a la página de inscripción para participar, que las “propuestas» siempre fueron direccionadas por operadores tecnológicos que en forma centralizada orientan las votaciones, (voto no vinculante), pudiendo interpretarse en las mismas una acción de claro tono electoralista, ya que su mecanismo e implementación desestima absolutamente las funciones exclusivas y concurrentes de las juntas comunales y las prioridades reales planteadas por los CCC. 

Hacer cumplir la Ley…

Es significativo que en las prioridades propuestas no se hayan solicitado a modo de ejemplo, la utilización de bienes inmuebles públicos, para la construcción de espacios verdes, jardines de infantes, centros de salud, o de atención a víctimas de violencia de género, recursos que necesitan los vecinos y vecinas de las 15 comunas que, por una clara decisión política, el GCBA ha vaciado presupuestariamente.

Por ello y atento a que la función de los miembros de la Junta Comunal es ante todo respetar y hacer implementar la ley 1777 que instituye la descentralización y participación en un gobierno local y de cercanía, es que hemos realizado, siendo comuneros y comuneras, amparos judiciales desde el inicio del programa “BAElige”, haciendo hincapié en la necesidad urgente de que las comunas tengan jurisdicción para poder manejar con autonomía su presupuesto anual.

Estos mecanismos que debilitan la Democracia Participativa, obstruyen y debilitan las competencias exclusivas y concurrentes que la Ley de comunas en sus artículos 10 y 11 determina, pasando por alto una vez más a los Consejo Consultivos Comunales.

Creemos que, para canalizar y fomentar realmente la participación, y después de 17 años de sancionada la ley 1777, se deben utilizar los mecanismos, organismos y ámbitos que ya están instituidos legalmente, cuya política pública es el Presupuesto Participativo.

Esta es la herramienta constitucional que los vecinos de la ciudad de Buenos Aires, deberían utilizar para elegir y definir, cómo y en que utilizar el presupuesto que anualmente la Legislatura de la CABA vota para cada Comuna, así como también ser el contralor de que se destine adecuadamente, según la real decisión discutida y consensuada en los consejos consultivos.




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