sábado, 4 de diciembre de 2010

PUBLICIDAD Y CONTAMINACIÓN


PUBLICIDAD, INFRACCIÓN Y CONTAMINACIÓN VISUAL EN BALVANERA Y ALMAGRO

La proliferación en Balvanera y Almagro de carteles, marquesinas, carteleras, letreros, estructuras y otras formas publicitarias, ha sido explosiva en los últimos tiempos. Se ha hecho en violación de toda normativa, en lugares prohibidos, etc., de modo que se está transformando a estos barrios en una “tierra de nadie”. Pocos recuerdan o siquiera conocen las normas vigentes, expresadas en la Ley local nº 2936 del año 2008: -Art 5.7 i: No pueden instalarse en terrenos baldíos soportes de sostén de anuncios -- estructuras portafrentes publicitarias. Art 11: Los elementos publicitarios no deben alterar las características físicas, alterando sus carpinterías (curvaturas de los arcos, carpinterías de ventanas). Art 13.2: Quedan prohibidos los elementos publicitarios en lugares que se indican a continuación: b) Plazoletas, parques, paseos, bulevares, y terrenos públicos. p) Parques, plazas, y espacios verdes públicos. r)) Los que desfiguren los lineamientos del diseño de la fachada, ocultando balcones y ventanas. Debe exigirse el contralor de la Autoridad de Aplicación sobre el cumplimiento de esta legislación, a fin de garantizar el derecho de la ciudadanía a gozar del espacio público libre de contaminación visual, además de contribuir a la preservación de la identidad de los barrios, desfigurada por estos elementos, como así desarrollar políticas de recuperación y conservación del patrimonio urbano. El concepto de “paisaje urbano” debe primar como principio rector para el mejoramiento de la calidad ambiental; se impone la consolidación de este concepto como elemento vital para el desarrollo de las sociedades modernas.

APPA – Asamblea Popular de Plaza Almagro

Nota: Fue iniciada una actuación ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, el 8 de Noviembre de 2010, bajo el nº 5458.

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