lunes, 2 de julio de 2018

LOS JUBILADOS Y LA NUEVA MOVILIDAD


¿Mejoran los haberes jubilatorios?





Si usted es jubilado y viene siendo vapuleado por un sinfín de resoluciones estatales que sumadas a las injerencias foráneas, como las del FMI, impactan en la determinación y decisión gubernamental interna, y pensó que “al fin se le dio una buena” cuando escuchó el 5 de junio último pasado que un Fallo declaró la inconstitucionalidad del ajuste por movilidad dado en el mes de marzo a los jubilados… Lo siento, se equivocó. ¿Por qué? paso a explicárselo: en efecto, la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social declaró inconstitucional el aumento del 5,71% aplicado a los haberes jubilatorios percibidos en marzo por los jubilados por aplicación de la Nueva Ley de Movilidad. El fundamento de esta declaración se basa en haber aplicado la nueva fórmula a un período anterior a la fecha de sanción de la Ley, ya que las leyes se comienzan a aplicar a futuro respecto a su entrada en vigencia y nunca hacia atrás.
Visto así, podría estimarse que el impacto en el bolsillo del jubilado no es tan significativo pero la política previsional actual y mucho más a partir de las negociaciones y coqueteos con el FMI, subestiman a la población de la tercera edad. Lo concreto es que en marzo el haber jubilatorio ya había sufrido un detrimento sustancial pues por “un olvido exprofeso” no se ajustó el tercer trimestre de 2017. Si se hubiera aplicado el mismo, el haber jubilatorio hubiera sido un 14,6% más alto en marzo, por lo que sobre ese haber debió aplicarse el 5,71%. Ese perjuicio no podrá subsanarse per se, y provocará un desgaste de arrastre en el bolsillo de cada jubilado.
En síntesis, sólo se declara la inconstitucionalidad de la aplicación retroactiva de la Ley, no a Ley misma (Ley 27.426), lo que significa que la Sala III avaló la aplicación y constitucionalidad de la nueva fórmula.
Pero vale aclarar que en Derecho, toda declaración de inconstitucionalidad, alcanza y beneficia sólo a quién lo peticiona no a todos, es decir que la inconstitucionalidad opera a pedido de parte.
Como consecuencia de esto, ya son muchos los jubilados que se van sumando a este reclamo para que el beneficio los alcance a ellos también. Pues parafraseando en lenguaje criollo: “si sale bien, y no te sumaste, perdiste”.

                                                                           Graciela Soldano








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